PROYECTOS ABIERTOS
COMPENSACION A AFECTADOS EN CONEXION CON LA DIRECTIVA DE SOSTENIBILIDAD CORPORATIVA
Omisión de España en Sostenibilidad Corporativa: ¿Perjudica a Su Empresa o Inversión? Buscamos Empresas Perjudicadas para Unir Fuerzas. ¿Es Usted o Su Empresa una de las Víctimas de esta Omisión?
Have You Been Harmed by Unfair Competition from the Spanish Market?
If your business has competed for tenders, contracts, or market share against Spanish companies and found the playing field to be fundamentally unfair, there is a reason. You may be a victim of a significant, state-level regulatory failure and could be entitled to compensation.
The government of Spain has failed to implement critical European Union laws for corporate sustainability and transparency reporting (the CSRD). This deliberate omission has created an opaque and distorted market, allowing many Spanish companies to operate without the same rules, costs, and ethical disclosures that your business adheres to. They have been given an unfair advantage, and you have likely paid the price.
This failure has directly harmed British and European businesses who have lost contracts to unfairly advantaged competitors. It has misled investors who were denied the essential ESG data needed to accurately assess risk. It has damaged innovative suppliers whose transparent, sustainable products were undercut by cheaper, non-compliant alternatives.
COCOO is leading the international “Sovereign Silence, Market Harm” campaign to fight this injustice. We are building a powerful collective action to seek financial redress for the businesses and investors who have suffered losses as a direct result of this structural failure. We believe that strength lies in unity.
The time to act is now. If you believe your business has been disadvantaged, we invite you to join our group. By confidentially registering your interest with us, you add your voice to a growing international coalition demanding accountability and compensation. Please contact our legal team through our secure portal to share your experience. All communications will be treated with the strictest confidence. Together, we can challenge this market distortion and demand a fair and level playing field for all.
Nuestra campaña busca identificar y agrupar a aquellas entidades que han sufrido o pueden sufrir un daño directo como consecuencia de esta falta de transposición y armonización normativa:
- Empresas Comprometidas con la Sostenibilidad (españolas, británicas o de otros países de la UE con operaciones o intereses en España):
- Que invierten en prácticas ESG y se ven en desventaja frente a competidores que no enfrentan las mismas exigencias de transparencia y reporte en España.
- Que encuentran dificultades para demostrar su compromiso con la sostenibilidad de forma estandarizada y comparable en el mercado español.
- Inversores (Particulares, Fondos de Inversión, Gestoras de Activos – españoles, británicos o de otros países de la UE):
- Que necesitan información ESG precisa y regulada sobre empresas españolas para sus análisis de inversión, gestión de riesgos y cumplimiento de sus propios mandatos de inversión sostenible.
- Cuyas inversiones en España pueden estar expuestas a riesgos de sostenibilidad no divulgados adecuadamente.
- Asociaciones Empresariales y de Inversores:
- Que promueven la sostenibilidad, la transparencia y la inversión responsable
Posibles partes afectadas:
* Empresas (españolas, británicas o de otros países de la UE que operan o invierten en España):
* Que están comprometidas con altos estándares de sostenibilidad y transparencia y se ven en desventaja competitiva frente a empresas menos escrupulosas que se benefician de la falta de un marco regulatorio armonizado.
* Que han tomado decisiones de inversión o negocio basadas en la expectativa de un marco ESG europeo coherente y se han visto perjudicadas por el vacío normativo en España.
* Inversores (incluyendo fondos de inversión, gestoras de activos, inversores particulares, tanto españoles como extranjeros – con especial mención a los británicos por el origen de CoCoo):
* Que necesitan información ESG fiable y comparable para tomar decisiones de inversión y gestionar riesgos, y se ven privados de ella en relación con empresas españolas.
* Que han invertido en empresas españolas confiando en un marco de sostenibilidad alineado con la UE y descubren que este no se aplica plenamente.
* Asociaciones Empresariales o de Inversores: Que representan los intereses de los colectivos anteriores.
* (Potencialmente) Consumidores y Sociedad Civil: Por el impacto negativo en los objetivos de sostenibilidad, la transición ecológica y la transparencia del mercado. CoCoo actúa en defensa del interés público, pero la acción de “tort” se centraría en daños económicos más directos
Beneficios de suscribirse a esta Campaña de Compensación
Subscribirse a una Campaña de compensación es unirse al grupo de posibles partes afectadas para facilitar la compensación de los posibles danos y perjuicios. Subscribirse a una Campaña de Compensación no crea una relación abogado-cliente y no le compromete a ninguna obligación, tarifa o coste. Si cree que usted o su organización pueden haber sido afectados por las prácticas descritas a continuación, por favor participe. Su información nos ayudará a evaluar la magnitud del daño potencial y unir fuerzas. Solo si nos unimos podemos exigir un mundo más justo. Subscribirse no le compromete a ninguna acción legal ni implica coste alguno. El exito de esta campaña depende de conseguir identificar a partes afectadas por un evento comun causado por un patrón de negligencia
El Daño Común que Nos Une
* Para Empresas Comprometidas con la Sostenibilidad e Inversores ESG: El daño común es la distorsión del mercado y la desventaja competitiva o informativa causada por la omisión o retraso de España en transponer las directivas de sostenibilidad. Esto crea un entorno donde:
* La información ESG no es fiable ni comparable, impidiendo una competencia leal basada también en estos factores.
* Las empresas que invierten en sostenibilidad no ven reconocido su esfuerzo en un mercado que no exige lo mismo a todos.
* Los inversores no pueden evaluar correctamente los riesgos y oportunidades ESG.
* La omisión estatal de cumplir con sus obligaciones de transposición del Derecho de la UE es el hecho común que genera un perjuicio a todas aquellas empresas e inversores que operan o desean operar bajo un marco de sostenibilidad armonizado y transparente a nivel europeo
La Comisión Europea ya ha incoado un procedimiento de infracción contra España por la falta de transposición de la Directiva CSRD (carta de emplazamiento de 25 de septiembre de 2024), lo que subraya la seriedad del incumplimiento. Este “silencio soberano” o retraso culpable genera un vacío normativo en España que tiene consecuencias perjudiciales:
- Distorsión de la Competencia: Empresas que operan en España no están obligadas a cumplir con los mismos estándares de reporte y transparencia en sostenibilidad que sus competidoras en otros países de la UE. Esto crea una ventaja competitiva desleal para aquellas menos comprometidas con la sostenibilidad y perjudica a las que sí invierten en prácticas responsables.
- Perjuicio a Inversores Responsables: Los inversores (incluyendo fondos y particulares de España, Reino Unido y toda la UE) que buscan tomar decisiones informadas basadas en criterios Ambientales, Sociales y de Gobernanza (ESG) se ven privados de información fiable, comparable y estandarizada sobre las empresas españolas. Esto dificulta la correcta valoración de riesgos y oportunidades.
- Desincentivo a la Sostenibilidad Empresarial: La falta de un marco legal claro y exigente en España desincentiva a las empresas que quieren avanzar en la transición ecológica y en la adopción de prácticas sostenibles, ya que no ven recompensado su esfuerzo en un mercado que no lo exige por igual a todos los actores.
- Obstáculos a la Transición Ecológica: Se debilita el cumplimiento de los objetivos del Pacto Verde Europeo, la taxonomía verde y la financiación sostenible, poniendo en riesgo los compromisos climáticos de España.
Quien Somos?
COCOO.uk es una organización británica sin ánimo de lucro dedicada a la promoción de la competencia leal, la protección de inversores y consumidores, y la salvaguarda del interés público. Nuestro objetivo es la reparación colectiva en nombre de consumidores y competidores mediante CAMPANAS DE COMPENSACION para proteger y promover su Derecho a disciplinar a las partes responsables, publicas y privadas. Oscar Moya LLedo es nuestro Solicitor (el equivalente Britanico a un Abogado) y desempeña un papel fundamental en nuestra misión de promover la competencia leal y proteger los derechos de los consumidores y empresas
España ha incumplido (o transpuesto tardíamente en el caso de la 2021/1269) su obligación de transponer correctamente a su ordenamiento jurídico interno directivas cruciales de la UE relativas a la sostenibilidad y la información corporativa:
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- Directiva (UE) 2021/1269 (integración de factores de sostenibilidad en la gobernanza de productos).
- Directiva (UE) 2022/2464 (Directiva sobre Información Corporativa en Materia de Sostenibilidad – CSRD).
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Esta omisión o retraso (“silencio soberano”) genera un vacío normativo y una falta de armonización con el resto de la UE.
Respuesta de la Comisión Europea (DG COMP):
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- En su carta del 23 de abril de 2025, la DG COMP indica que España ya transpuso la Directiva (UE) 2021/1269 en noviembre de 2023.
- Respecto a la no transposición de la Directiva (UE) 2022/2464 (CSRD), la Comisión ha incoado un procedimiento de infracción contra España, enviando una carta de emplazamiento el 25 de septiembre de 2024.
- La DG COMP considera que esta situación (transposición tardía de una y no transposición de la otra) no menoscaba las competencias existentes de la CNMC para aplicar el Derecho de la competencia de la UE.
Consecuencias y Perjuicios Alegados por CoCoo.uk debido a la Omisión/Retraso:
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- Distorsión de la Competencia y el Mercado:
- Empresas que operan en España no están sujetas a las mismas obligaciones de transparencia y reporte en materia de sostenibilidad que sus homólogas en otros países de la UE que sí han transpuesto las directivas. Esto crea una ventaja competitiva desleal para las empresas menos transparentes o menos sostenibles.
- Se dificulta la comparabilidad de la información sobre sostenibilidad, afectando las decisiones de inversión y la competencia basada en factores ESG (ambientales, sociales y de gobernanza).
- Perjuicio a Inversores (incluyendo británicos):
- Los inversores (incluidos los del Reino Unido, según se menciona en el “Anexo Técnico – Dossiê de Apoio”) carecen de información fiable y estandarizada para tomar decisiones de inversión responsables y evaluar los riesgos de sostenibilidad de las empresas españolas.
- Esto puede llevar a una mala asignación de capital y a la exposición a riesgos no divulgados.
- Daño a Empresas Comprometidas con la Sostenibilidad:
- Empresas que voluntariamente adoptan altos estándares de sostenibilidad y transparencia se ven en desventaja frente a aquellas que no lo hacen debido a la falta de un marco legal armonizado y exigente.
- Impacto Medioambiental y Social:
- La falta de obligaciones de reporte ESG uniformes impide la identificación y mitigación de impactos ambientales y sociales negativos por parte de las empresas.
- Se debilita el cumplimiento de la taxonomía verde de la UE y del Reglamento SFDR (sobre divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros).
- Se frena la transición ecológica y la descarbonización al desincentivar a las empresas ESG-compliant.
- Responsabilidad Patrimonial del Estado Español: Por los daños causados como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones de transponer el Derecho de la UE
- Distorsión de la Competencia y el Mercado:
Posibles Causas de Acción
* Responsabilidad Patrimonial del Estado Español: Por los daños causados a empresas e inversores debido a la omisión o retraso culpable en la transposición de directivas de la UE (principio de responsabilidad del Estado por infracción del Derecho de la UE – jurisprudencia Francovich). El daño se derivaría de la distorsión de la competencia, la falta de información fiable para la toma de decisiones, o la desventaja competitiva sufrida.
* Competencia Desleal (indirectamente): Aunque la acción principal sería contra el Estado, las empresas que se han beneficiado de la falta de transparencia o de menores exigencias en sostenibilidad podrían haber incurrido en prácticas que falsean la competencia frente a empresas que sí operan con mayores estándares o en jurisdicciones donde la transposición es efectiva. Una reclamación directa contra estas empresas sería más compleja, pero el daño sufrido por las perjudicadas por el “vacío” es el foco.
- FASE 1: Identificacion de carencias sistematicas de cumplimiento de la legislacion que protege a consumidores, competidores y el interes publico.
- FASE 2: Identificacion de posibles afectados y aunarlos a traves de esta plataforma. La mayoría de víctimas nunca reciben compensación y nunca se enteran de que son víctimas con derecho a compensación o restitución. Esto crea un desequilibrio significativo en el sistema de Justicia para la desventaja de consumidores y competidores. Por eso necesitamos unirnos. Unidos ganamos poder para negociar en igualdad de condiciones.
- FASE 3: Negociacion del pago de compensacion economica o restitucion a las partes afectadas
AVISO LEGAL
Subscribirse a una Campaña de Compensación no crea una relación abogado-cliente y no le compromete a ninguna obligación, tarifa o coste. Las alegaciones aqui expuestas están sujetas a una investigación en curso y no han sido probadas ante un tribunal de justicia, salvo que se indique lo contrario. Toda la información proporcionada será tratada de forma confidencial de acuerdo con la normativa de protección de datos. Este documento contiene las opiniones, creencias y alegaciones de COCOO.uk basadas en la información actualmente disponible y presentadas de buena fe. Estas afirmaciones están sujetas a investigación adicional y no deben interpretarse como hechos definitivos a menos que así se establezca en un procedimiento legal. COCOO.uk es una sociedad benefica, no un bufete de abogados. Las afirmaciones aquí expuestas se basan en la información actual y están sujetas a una investigación más profunda. La base para una acción colectiva reside en que múltiples entidades y/o individuos han podido sufrir un daño económico similar como resultado de una conducta común, por ejemplo el sobreprecio pagado por consumidores o empresas, o una mala gestion del sector publico